lunes, marzo 05, 2007

Informar en libertad

lunes 5 de marzo de 2007
Informar en libertad
ESTE periódico, como el resto de los que pertenecen al Grupo Vocento, da cuenta hoy de un hecho inquietante por lo que conlleva de grave injerencia en el derecho constitucional a la libertad de información y de intento de debilitar la labor de un periodista en el legítimo ejercicio de su actividad profesional y en su derecho a proteger la identidad de sus fuentes como mejor juzgue. Los hechos son los siguientes: el Departamento de Interior del Gobierno vasco ha investigado a un periodista de «El Correo» en el marco de una operación policial que pretendía descubrir supuestas filtraciones en la Ertzaintza. El caso, que ha sido sobreseído por un juzgado de Vitoria, se fundaba en una información de «El Correo», del 10 de mayo de 2006, sobre la apertura de una investigación interna por parte de la Policía autonómica para localizar al ertzaina que supuestamente avisó a un acusado de colaborar con ETA de su inmediata detención. Ante esta información periodística, la Unidad de Asuntos Internos de la Ertzaintza inició un expediente por «revelación de secretos», al considerar que la noticia sólo podía tener su origen en alguno de sus agentes, que dañaba la imagen del Cuerpo, y que podría llegar a afectar a futuras operaciones.
En esta investigación, y previa autorización judicial, la Ertizantza accedió al registro de llamadas telefónicas del periodista que firmaba la información, lo que reencauzaba una legítima investigación policial interna hacia un terreno mucho más espinoso, cual es el de la protección de la libertad de información. Lógicamente, aun siendo legal la medida judicial de control telefónico a un periodista, un juez debe ponderar con suma cautela la aprobación de tal autorización para no incurrir en excesos que puedan permitir a los investigadores, en este caso a la Ertzaintza y al Departamento vasco de Interior, poner en jaque derechos constitucionales de un periodista cuya labor profesional en absoluto ha sido puesta en entredicho por juez alguno. Dicho de otra manera, la actuación de Interior no ha vulnerado esta legalidad -la autorización judicial le avala-, pero ha hecho uso de sus prerrogativas de una manera excesiva y poco proporcionada al objetivo seguido.
Es más, ha contribuido a crear la duda razonable de si su iniciativa, además de un fin disciplinario y de seguridad, no incluía actuar contra el periodista y condicionar su labor. Una pretensión que no encontró en la juez el contrapeso necesario y requerible para garantizar los derechos del informador, gravemente afectados por la decisión. Además, el sobreseimiento del caso sobre filtraciones internas en la Ertzaintza acredita de manera evidente la desmesura de toda la actuación.
Sólo cuando bajo la excusa de una errónea concepción de la libertad de información se pretende vulnerar la legalidad vigente se antoja legítima una investigación policial o judicial que menoscabe tal derecho. Pero de ninguna manera este es el caso. Muy al contrario, gracias a una actuación abusiva del Departamento vasco de Interior, han sufrido una seria merma derechos como la libertad de información, la privacidad o la protección de las fuentes profesionales de un periodista.

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