sabado 23 de junio de 2007
Ley y objeción
El pronunciamiento de la Conferencia Episcopal, auspiciando un movimiento contrario a la implantación de la asignatura denominada Educación para la Ciudadanía que utilice «todos los medios legítimos» sin descartar la objeción de conciencia, plantea un conflicto que tanto los poderes públicos como la comunidad escolar deberán reconducir hacia un plano de máxima racionalidad, siempre desde el respeto y cumplimiento de la legalidad. Es cierto que dicho conflicto viene propiciado por la inexistencia de un consenso duradero en materia educativa en España. Pero aun cuando la carencia de ese consenso sea imputable en gran medida al gobierno de turno, en una democracia parlamentaria las leyes -como la LOE- son resultado de una voluntad mayoritaria. Si, como parece, la discrepancia se refiere fundamentalmente al contenido de la nueva materia, sería conveniente que tanto en el plano normativo como en el académico se realice un esfuerzo de mutua comprensión que despeje la continuidad de la asignatura ante cualquier cambio político.La objeción de conciencia puede constituir un derecho subjetivo frente a una obligación legal que entre en colisión con convicciones y principios morales del individuo, cuyo eventual incumplimiento no afecte de forma lesiva a terceros. Por eso resulta discutible que, en propiedad, pueda hablarse en este caso de objeción de conciencia. Porque cursar una materia relativa a los valores comunes en una sociedad democrática y a la diversidad de las opciones personales y sociales no implica la obligatoriedad de asumir todos y cada uno de los criterios que se expongan, o con un rango moral idéntico al que establezcan los materiales didácticos o el magisterio docente. Además, la decisión de unos padres, negándose a que su hijo asista a las clases que se impartan, nunca podría ser interpretada como que el alumno no cursa dicha asignatura. Es decir, ningún centro educativo podría hacer suya esa decisión; ni podría oponerse a impartir la materia, ni podría impedir que la no asistencia tuviese consecuencias negativas en la calificación académica. Y, por otra parte, no resultaría precisamente pedagógico que esa eventual decisión de los padres obviase el parecer del hijo, especialmente en el Bachillerato.
sábado, junio 23, 2007
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