viernes, marzo 09, 2007

Pinchazo de Montilla en el TC

viernes 9 de marzo de 2007
Pinchazo de Montilla en el TC
CON el rechazo unánime a la recusación planteada por la Generalitat contra el magistrado Jorge Rodríguez-Zapata, el Tribunal Constitucional ha dado un paso imprescindible para recuperar la serenidad que le había privado la polémica sobre la anterior recusación al magistrado Pablo Pérez Tremps. El hecho de que los diez magistrados que participaron en la deliberación hayan considerado, sin discrepancias, que no hay duda alguna sobre la imparcialidad de Rodríguez-Zapata para juzgar la constitucionalidad del estatuto catalán demuestra que la iniciativa de la Generalitat era claramente infundada. La intención real del tripartito era, simplemente, contrarrestar la recusación de Pérez Tremps, como si hubiera que equilibrar la alineación de los dos equipos enfrentados. Por esta regla de tres, ahora habría que pensar que todos los magistrados que han rechazado la recusación de Rodríguez-Zapata están predispuestos a votar contra el estatuto catalán. Evidentemente, ni esta decisión puede ser interpretada de esta manera, ni la división de los magistrados sobre la recusación de Pérez Tremps podía ser valorada como una toma de posición previa sobre el recurso de inconstitucionalidad del Partido Popular.
Que la pretensión de la Generalitat carecía de todo fundamento era algo notorio desde el principio. Y fue el propio tripartito quien lo puso de manifiesto al condicionar la presentación de la recusación a la decisión del TC sobre el recurso de súplica contra la separación de Pérez Tremps en la decisión del recurso del PP. Si, a su juicio, la falta de imparcialidad de Rodríguez-Zapata era tan obvia, la Generalitat no tenía por qué condicionar la presentación de la recusación. Al hacerlo así, demostraba que no creía en la solvencia de sus argumentos, que han sido rechazados de plano por todos los magistrados del TC. El auto deja claro que el trabajo realizado por Rodríguez-Zapata (con el sugestivo título «Evolución de la aplicación de los principios contenidos en la Carta Europea de Autonomía Local por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo» ) era meramente científico, no tenía ninguna relación con estudios sobre reforma del estatuto catalán y no tuvo reflejo en el proceso de elaboración de esta norma.
La decisión del TC es un desmentido a quienes se empeñan en dividir internamente a sus magistrados en bloques ideológicos inamovibles. Es evidente que cada cual ha sido propuesto por PP o PSOE, pero determinadas críticas parecen poner a estos magistrados bajo la sospecha de que actúan al dictado partidista. Y hay antecedentes muy significativos que niegan esta correlación entre el partido proponente de los magistrados y el voto de estos en asuntos de claro interés ideológico (como sucedió con la admisión a trámite por la mesa del Congreso de los Diputados del «Plan Ibarretxe»). Queda pendiente, sin embargo, el recurso de súplica presentado por la Generalitat contra la recusación de Pérez Tremps. Es un nuevo intento de forzar el reenganche de este magistrado a la decisión sobre el recurso del PP, para lo que el tripartito ha propuesto la solución intermedia de que se abstenga de decidir sobre los artículos relativos a la política exterior de la Generalitat, que son los afectados por su dictamen profesional. Lo que sucede es que la imparcialidad de un juez frente al objeto del pleito no es fragmentable, porque aunque aparentemente sólo haya un vínculo parcial entre uno y otro, el demandante no tiene ninguna garantía de que ese juez pueda resolver aisladamente -es decir, sin «contaminación»- el resto del asunto. La imparcialidad es una garantía absoluta.
Por su parte, el fiscal general no ha desaprovechado la ocasión para dejar claro dónde están sus prioridades y, por esto, apoya la impugnación de la Generalitat, a pesar de que la ley orgánica del Poder Judicial, a la que se remite la del TC en materia de recusación, expresamente declara que contra los autos que resuelven las recusaciones no cabe recurso alguno. Hay que recordar que Conde-Pumpido apartó del caso al fiscal jefe del TC, Juan Ortiz, porque éste apoyaba la recusación de Pérez Tremps, que era el criterio acertado, como luego se vio. Por decisiones mucho menos importantes que ésta, el anterior fiscal general, Jesús Cardenal, tuvo que convocar a la Junta de Fiscales de Sala y al Consejo Fiscal. Pero eran tiempos en los que, en el Ministerio Público, la jerarquía no se confundía con el autoritarismo.

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