jueves, diciembre 11, 2008

ANV, ejecucion pendiente

ANV, ejecución pendiente

Jueves, 11-12-08
Casi tres meses después de que la Sala del 61 del Tribunal Supremo acordara su disolución como partido político, ANV aún conserva los grupos municipales en los ayuntamientos vascos y navarros, lo que les permite mantener, en fraude de ley y como tal formación política, el gobierno local y la disposición sobre los fondos públicos de estas instituciones. Esta formación proetarra no tiene excusa para cesar en su actividad política institucional, porque esta prohibición fue efectiva desde la notificación de la sentencia. Más compleja técnicamente es la extensión de los efectos de la disolución a los grupos municipales, como sucediera con el grupo parlamentario de Batasuna. Sin embargo, los problemas de ejecución de la sentencia, por graves que puedan parecer, no deben disuadir a las instituciones de actuar con diligencia y eficacia. No se trata de establecer un juicio de responsabilidades, ni de polemizar sobre si el Supremo puede actuar de oficio o debe esperar una petición del Ministerio Fiscal o de la Abogacía del Estado. El resultado, sea cual sea la causa, es lo que importa: la sentencia de disolución de ANV no está debidamente ejecutada. Además, esta situación es igualmente incompatible con la suspensión cautelar de actividades que decretó el juez Garzón en febrero de este año en el curso de un sumario por integración en banda armada. Este proceso también habría permitido actuar contra los grupos municipales de ANV. Hay un mal que es irreversible -la conservación de las actas de concejal en manos de los proetarras- por no haber actuado a tiempo, pero otros pueden remediarse, aunque sea en parte, si se ejecuta la sentencia del Supremo en su integridad.

http://www.abc.es/20081211/opinion-editorial/ejecucion-pendiente-20081211.html

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