miercoles 7 de noviembre de 2007
El 11-m, camino del Supremo
LA Fiscalía de la Audiencia Nacional ha anunciado que interpondrá un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra la absolución de Rabei Osman El Sayed, «Mohamed El Egipcio». La decisión del Ministerio Público, tras una inicial vacilación, parece lógica, puesto que la sentencia, sólidamente motivada, del Tribunal presidido por el magistrado Javier Gómez Bermúdez descartó una parte sustancial de sus acusaciones por autoría, al absolver a los tres acusados como inductores del 11-M, es decir, a Hassan El Haski, a Youssef Belhadj y a «El Egipcio». Sin embargo, el recurso de la Fiscalía no combatirá esta absolución, pese a ser la fundamental, sino la que exoneró a Rabei Osman El Sayed del delito de integración en organización terrorista en grado de dirigente. Tras la lectura pública de la sentencia, hace hoy una semana, las víctimas ya mostraron su contrariedad por la absolución de «El Egipcio» por todos los delitos de los que había sido acusado, lo que, en paralelo a la polémica sobre el alcance político de esta parte del fallo judicial, habrá pesado de forma determinante en la decisión de la Fiscalía de acudir en casación al Tribunal Supremo. Por tanto, el Ministerio Público parece conformarse con la ausencia de condenas por inducción a cometer el atentado del 11-M y centra su próxima acción judicial en obtener del Tribunal Supremo la revocación parcial de la absolución de Rabei Osman El Sayed para que, al menos, sea condenado como integrante en organización terrorista.
La Audiencia Nacional decidió no condenar a «El Egipcio» por este delito porque consideró que ya había sido condenado en Italia por los mismos hechos. La discrepancia de la Fiscalía se basa en que la condena por los tribunales italianos aún no es firme y, a su juicio, no se puede aplicar todavía el principio de non bis in idem, que prohíbe juzgar dos veces los mismos hechos. La suerte de este recurso dependerá de que el Tribunal Supremo, en primer lugar, considere que los hechos que se imputan a «El Egipcio» son los mismos por los que ha sido condenado en Italia y, en segundo lugar, dependerá de que crea necesario que el proceso italiano esté terminado con sentencia firme o que baste con acreditar que este terrorista -condición fuera de duda- ha sido ya juzgado, aunque el fallo esté recurrido. El Estado de Derecho y nuestro sistema de garantías seguirá así su curso y agotará ante el Tribunal Supremo -que, en general, no puede alterar la declaración de hechos probados realizada por los tribunales inferiores- la vía jurisdiccional, la única que garantiza a todas las partes la participación, la igualdad y las garantías procesales necesarias para pedir y recibir justicia.
http://www.abc.es/20071107/opinion-firmas/camino-supremo_200711070250.html
miércoles, noviembre 07, 2007
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario