viernes, enero 16, 2009

Carrascal, Los jueces y la huelga

Los jueces y la huelga

JOSÉ MARÍA CARRASCAL

Viernes, 16-01-09
¿TIENEN los jueces derecho a la huelga? ¡Naturalmente! Como que está incluido en la Constitución. Si estuvieran excluidos de tal derecho, la Constitución lo diría, como dice que no pueden sindicarse. Puede argüirse que nuestras constituciones dicen cosas tan peregrinas como que los españoles hemos de ser «justos y benéficos», que decía la de 1812. No se rían, por favor.
Más peso tiene el argumento de que los jueces no pueden ir a la huelga «por ser Estado». Y lo son sin duda. Pero, en ese caso, las consecuencias son incalculables. También la Administración es Estado; las administraciones, mejor dicho, la central, la autonómica y la local, o sea el entero funcionariado, que se vería privado de tal derecho. No crean que es descabellado, está recogido en la Taylor Law, la ley Taylor norteamericana, que prohíbe a todos los funcionarios, sean federales, estatales o municipales, ir a la huelga. Se apoya jurídicamente en que la huelga es un conflicto laboral entre unos trabajadores que dejan de producir para lograr determinados beneficios, y su empresa que se resiste a dárselos. Ese conflicto no afecta al resto de la población, que puede comprar productos similares de otras empresas del ramo. Con la Administración, en cambio, no existe esa alternativa. Funcionarios y empleados públicos prestan un servicio en exclusiva, que los ciudadanos no pueden obtener en caso de que ellos dejen de prestarlo. Algo que les permitiría chantajear al resto de la ciudadanía cuando quisieran y que, como todo monopolio, no puede permitirse. Si a ello se añade que en un conflicto laboral el funcionario no arriesga su puesto por tenerlo garantizado de por vida, mientras el huelguista normal puede perder el suyo si su empresa termina cerrando a consecuencia de la huelga, tenemos dos situaciones completamente distintas, unos jugando con todas las ventajas, sin arriesgar nada, otros jugándose no sólo el salario, sino también el empleo al ir a la huelga. De ahí que la Taylor Law niegue ese derecho a los primeros. «Pero no se aplicará», dirán ustedes. ¿Qué no? Recuerdo una huelga basureros en Nueva York cortada en seco por un juez, que envió a la cárcel al presidente de su sindicato y puso a éste una multa de un millón de dólares diarios -han leído bien: un millón diario- mientras no fueran a trabajar. Excusado decir que fueron ya al día siguiente. Por no hablar de la famosa huelga de los controladores aéreos, que Reagan cortó despidiendo a todos los controladores de una tacada. Por cierto: desde entonces, no han vuelto a declararse en huelga.
Algo así es inimaginable en España. Nuestra Constitución, a diferencia de la norteamericana, consagra el derecho a la huelga, no tenemos una Taylor Law y, de tenerla, difícilmente se aplicaría. La ley que aquí se va imponiendo es «yo, a lo mío, y a los demás que los parta un rayo». ¿Han visto ustedes cómo se está negociando la financiación autonómica? Tal vez lo que necesitamos es una huelga del gobierno.
http://www.abc.es/20090116/opinion-firmas/jueces-huelga-20090116.html

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