viernes 16 de mayo de 2008
Constitucional, pero ineficaz
POR una mayoría de siete frente a cinco, los magistrados del Tribunal Constitucional han respaldado una de las medidas más polémicas de la Ley integral contra la violencia sobre la mujer, la que en el artículo 153.1 del Código Penal instaura la agravación de penas cuando el autor de la agresión es un hombre. El TC da por buena esta discriminación negativa penal, basada exclusivamente en la condición de hombre del autor, y de mujer de la víctima. Muchos jueces de lo penal creyeron que esta reforma violaba el artículo 14 de la Constitución. Esta tesis es también la de cinco magistrados del TC que han anunciado votos particulares. Todos los discrepantes proceden de la carrera judicial, dato relevante que pone de manifiesto la distancia entre los planteamientos doctrinales y los realistas que siempre se enfrentan en la discusión sobre leyes que tienen un fuerte carácter propagandístico. Al final, lo que importa es la suma de votos, criterio suficiente para dar por zanjada la cuestión, aunque la división de opiniones en el TC explica por qué tantos jueces dudaban de la constitucionalidad del artículo respaldado por el Alto Tribunal.
La agravación de penas cuando el hombre es el autor es una técnica punitiva nada deseable, porque exige valorar más o menos el valor de la vida o de la integridad física de la víctima según su sexo y porque prejuzga legalmente que el hombre agresor de una mujer siempre actúa movido por impulsos de superioridad o de dominación. La libertad de valoración del juez queda así anulada porque es la ley la que le impone apreciar una determinada motivación en el autor sin posibilidad de prueba en contrario, perjudicándose también el derecho de defensa del sospechoso. Mucho más razonable habría sido establecer un sistema de circunstancias agravantes que permitiera a cada juez elevar la pena caso a caso, atendiendo a los rasgos concretos de la agresión y de la relación de la pareja. O simplemente, habría sido suficiente una elevación de pena general, sin mención al sexo del autor, pues, como sucede en la inmensa mayoría de los delitos de violación, cuya víctima es una mujer, la propia estadística se encargaría de castigar más gravemente al hombre agresor.
Que sea constitucional esta medida discriminatoria no quiere decir que la política contra la violencia sobre la mujer esté rescatada de sus pobres resultados, por no decir de su fracaso. En 2008 ya han muerto 27 mujeres y lleva camino de superar el trágico registro de 2007. Este es el problema y lo que evidencia que la discriminación penal instaurada en 2004 fue un brindis al sol, un ejercicio de propaganda legislativa que obvió la triste realidad de que a un agresor dispuesto a matar a su pareja y a suicidarse después no lo disuade una pena ad hominem. Cuando se habla de penas, es que ya se ha llegado tarde. La clave está en la prevención y este es el fallo del sistema de protección a la mujer. No todas las víctimas denuncian y muchas de las que lo hacen se arrepienten después; se mantienen los silencios de los entornos familiares y vecinales; y las administraciones no destinan recursos suficientes para dar seguridad económica y asistencial a la mujer y a sus hijos. Lo fácil es echarle la culpa a los jueces y reprocharles su «falta de sensibilidad». Este argumento es la prueba de la impotencia política y social frente a un fenómeno delictivo creciente -aumentan también las agresiones de padres a hijos y de hijos a padres- que desborda la retórica igualitarista del Gobierno y de los grupos feministas, ahora muy silenciosos pero extremadamente activos en su momento contra los gobiernos de Aznar, pese a que la orden de protección inmediata aprobada en 2003 fue el avance más cualificado en la lucha contra la violencia sobre la mujer. Queda aparte el capítulo del TC, que ha desvelado nuevamente su división interna, convertida en endémica. En este caso se ha reproducido casi milimétricamente la separación ideológica. Por la mínima, la presidenta del TC no ha tenido que hacer uso de su voto de calidad para dirimir empates. La situación de esta institución es cada día más preocupante.
http://www.abc.es/20080516/opinion-editorial/constitucional-pero-ineficaz_200805160250.html
jueves, mayo 15, 2008
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