jueves 14 de agosto de 2008
Constitución no tan estricta
Miguel Ángel Loma
E N el debate suscitado sobre lo barato que le han salido al etarra Iñaqui de Juana Chaos sus 25 asesinatos, y la posibilidad de introducir la cadena perpetua para castigar delitos gravísimos, Federico Trillo, responsable de Justicia del PP, declaraba recientemente que desde su partido no la piensan plantear porque «en la interpretación más estricta de la Constitución no cabe la pena de reclusión perpetua».
El asunto no es fácil, pero cualquiera que conozca cómo está funcionando la mecánica judicial, sabe que todo depende del color de las lentes de quienes interpretan y aplican las leyes. Y si bien es cierto que el artículo 25 (¡qué casualidad!) de la Constitución sienta como principio que «las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social», no menos lo es que, cuando no existe arrepentimiento por los crímenes cometidos e incluso se celebran los que realizan los coleguitas de armas, difícilmente podemos estar ante alguien apto para reinsertarse en la sociedad; y, en cualquier caso, el citado principio podría salvarse mediante una cadena perpetua revisable, según la demostrada actitud del reo, que dejaría siempre abierta la anhelada reinserción.
Lo que resulta llamativo es invocar la interpretación más estricta de un artículo constitucional cuando se trata de la libertad de asesinos, mientras hay artículos constitucionales que se interpretan de manera tan laxa que prácticamente carecen de vigencia. Los ejemplos de éstos son numerosos, pero por su trascendencia señalaré el del artículo 15, que sigue diciendo aquello de «Todos tienen derecho a la vida», y a cuya sombra se han eliminado cientos de miles seres humanos impidiéndoles nacer.
Pero no consta que esta inhumana sangría, consecuencia, no ya de una interpretación laxa sino abiertamente fraudulenta de la ley, inquietara a Federico Trillo cuando era miembro de un Gobierno con mayoría absoluta. Por supuesto que se trata de cuestiones muy diferentes: en una hablamos de la libertad de los criminales, y en la otra del derecho a la vida de seres inocentes.
http://www.vistazoalaprensa.com/firmas_art.asp?id=4777
miércoles, agosto 13, 2008
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