jueves, marzo 06, 2008

Objecion amparada

jueves 6 de marzo de 2008
Objeción amparada
EL Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha demostrado que la objeción de conciencia a la asignatura Educación para la Ciudadanía ni está infundada ni es una manifestación de pensamientos reaccionarios. Por el contrario, los magistrados han dictado una sentencia que reconoce a los padres demandantes el derecho a objetar porque su protección «no pone en peligro el ordenamiento jurídico democrático, simplemente refleja su funcionamiento». Es decir, la objeción de conciencia a esta asignatura está directamente amparada por la Constitución sin necesidad de que una ley la desarrolle, porque deriva de la libertad religiosa e ideológica y del derecho de los padres a decidir sobre la formación moral y religiosa de sus hijos. Con esta sentencia, la autoprotección de los derechos fundamentales por el ciudadano se conjuga con una declaración de amparo jurisdiccional explícito, cuyo fundamento desmonta las críticas, en ocasiones difamatorias, del Gobierno y del PSOE contra los padres que optaban por la objeción de conciencia.
Esta sentencia fue precedida por otras resoluciones en sentido opuesto dictadas por el TSJ de Asturias, cuyos magistrados no llegaron a profundizar tanto como sus colegas de Andalucía porque consideraron que los demandantes no habían aportado pruebas de la incidencia de esta polémica asignatura en el derecho constitucional de los padres a decidir la educación moral de sus hijos, y en sus libertades religiosa e ideológica. Para el tribunal andaluz, es evidente que los decretos que establecen las «enseñanzas mínimas» de la asignatura utilizan «conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa, como son ética, conciencia moral y cívica, valoración ética, valores o conflictos sociales y morales». Lo previsible es que esta disparidad de opiniones judiciales se reproduzca, a través de recursos, ante los Tribunales Supremo y Constitucional, e incluso llegue al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuya jurisprudencia ha sido determinante de la decisión del TSJ de Andalucía.
El tratamiento judicial de esta polémica es a largo plazo, pero los padres objetores han logrado una victoria jurídica, moral y política que el PSOE debería, a su vez, asumir como una derrota y como una invitación a rectificar, lo cual sólo es posible mediante la supresión de la «Educación para la ciudadanía» en los planes de estudio. El empecinamiento de Zapatero en intervenir en la moral y la ética de los ciudadanos a golpe de ley es la causa de este serio revés para el socialismo, cuyo proyecto de manipular la educación para imponer un modelo de ciudadano ha chocado con el sistema constitucional de derechos y libertades. Con la coartada de hacer de España «un país más decente», Zapatero se ha creído investido de una autoridad mesiánica para redimir a los españoles de sus miserias morales, ignorando que la sociedad española era ya madura antes de que llegara al poder y de que se rige por una Constitución que se basa en la primacía de la libertad individual frente a la intromisión del poder público. Cabe la posibilidad de que esta sentencia sea revocada en otras instancias, pero aunque lo fuera la determinación de los padres objetores y de quienes, sin haber objetado, están en contra de esta asignatura se ha visto legitimada judicialmente.
El problema de fondo que plantea esta asignatura es el propósito político que esconde, al margen de la letra pequeña de leyes y decretos. Ningún gobierno está legitimado para educar a los jóvenes en un determinado modelo de ciudadanía, que se basa no en el respeto a los principios del orden constitucional -algo bien sencillo de explicar, porque están en la Constitución-, sino a lo que el doctrinarismo «progre» y de izquierda califica como un buen ciudadano. Modelo cívico inaceptable porque se sustenta en la identificación de ciertas consignas como si fueran valores supuestamente constitucionales, pero que no son más que opciones ideológicas tendentes a imponer al alumnado una ética concreta, respetable, sin duda, como enseñanza de padres a hijos, pero inaceptable como asignatura obligatoria en el sistema educativo.

http://www.abc.es/20080306/opinion-editorial/objecion-amparada_200803060250.html

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