lunes, junio 29, 2009

Reforma de una justicia fracasada

Reforma de una justicia fracasada

Lunes, 29-06-09
CON una abrumadora mayoría de 329 votos, frente a 9 en contra, el Congreso de los Diputados dio su respaldo el pasado jueves a la reforma de la llamada jurisdicción universal de los tribunales españoles, regulada por el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Aunque esta reforma estaba defendida desde hace tiempo por amplios sectores judiciales y numerosos juristas, su motivación principal ha sido poner coto a un ejercicio desproporcionado y estéril de la competencia extraterritorial de la Audiencia Nacional. No se trata de cercenar las aspiraciones de justicia de las víctimas de genocidios y crímenes contra la humanidad, ni de propiciar la impunidad de los autores de estos delitos. La reforma es, ante todo, realista, porque ni las víctimas reciben justicia y reparación, ni los verdugos, castigo. Basta repasar la historia de los grandes sumarios de justicia universal tramitados por la Audiencia Nacional para comprobar que ninguno de ellos ha culminado sentando en el banquillo a alguno de los principales genocidas o criminales de guerra investigados. Era necesaria esta reforma para no seguir alimentando falsas esperanzas en las víctimas y no seguir descargando en nuestra justicia objetivos inalcanzables y problemas innecesarios en la diplomacia española.
La reforma introduce como condición general para que la Audiencia Nacional ejerza la jurisdicción universal la vinculación del delito con España, porque las víctimas son españolas, porque sus autores se encuentran en territorio español o porque hay un «vínculo de conexión relevante» con España. Con estos presupuestos, se legitima de forma indudable la actuación de la justicia española, porque el Estado español tiene interés directo, y, en caso de que los autores estén en España, se facilita decisivamente la investigación. También se prevé otra condición absolutamente coherente con el respeto a la soberanía de los Estados y a los Tribunales internacionales, porque la Audiencia Nacional sólo podrá perseguir estos delitos cuando no exista «una investigación y una persecución efectiva» por unos u otros.
Las críticas de fondo a esta reforma ni son justas ni ciertas. No va a provocar más impunidad que la que ya existe, ni va a desamparar a las víctimas más de lo que ya lo están. La impunidad de los genocidas es consecuencia de otras causas, no de las limitaciones propias que deben imperar en una justicia meramente estatal. Causas que tienen que ver con la propia organización de la sedicente comunidad internacional, integrada por Estados soberanos. El carácter absoluto e incondicional de la jurisdiccional universal vigente hasta ahora en España es la razón de su fracaso -aparte de la parafernalia mediática que algunos jueces y organizaciones han montado-, además de ser contradictoria con los principios de legalidad y seguridad jurídica, que someten a cada ciudadano a los dictados de las leyes de sus propios Estados, no los ajenos. La opción debería así orientarse a reforzar la Corte Penal Internacional, pero antes habrá que revisar muchos presupuestos de la política mundial, empezando por la viabilidad de una comunidad internacional que no distingue entre países civilizados y dictaduras tiránicas.

http://www.abc.es/20090629/opinion-editorial/reforma-justicia-fracasada-20090629.html

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