domingo, diciembre 17, 2006

Terrorismo salafista

lunes 18 de diciembre de 2006
Terrorismo salafista

El auto del juez Garzón decretando la prisión provisional incondicional comunicada y sin fianza de siete ciudadanos ceutíes, acusados de formar parte de un grupo integrado en la trama norteafricana de Al Qaeda -Salafia Yihadia-, viene a advertir sobre una amenaza que permanece latente en España aunque sea a un nivel incipiente, de adoctrinamiento o desplegando una actividad menor. El citado auto avanza la posibilidad de que los encarcelados pudieran ser imputados por el delito de 'conspiración para la ejecución de actos terroristas'. El sucinto relato judicial conocido ayer así lo indica. El recuerdo de la masacre del 11 de marzo de 2004 ha sido objeto de una manipulación y de una polémica interesada que ha acabado por confundir a una parte de la opinión pública sobre los móviles, los mecanismos de decisión y la operatividad de las redes terroristas identificadas con Al Qaeda. Pero una aproximación cabal a lo que entonces ocurrió y a la conducta de muchas de las células terroristas que han operado en los países de nuestro entorno demuestra que, en el terrorismo que se reivindica islamista, el tránsito del reclutamiento y de los primeros preparativos a la organización y a la comisión de atentados atroces se da en ocasiones muy rápidamente. Este carácter imprevisible del salafismo terrorista es lo que probablemente condujo a las detenciones del martes en Ceuta, tras una investigación que había comenzado en mayo de 2005. El propio auto explica que «la acción policial ha evitado un mayor grado de estructuración del grupo que, de permitirse, hubiera elevado exageradamente el riesgo contra la vida de las personas y los bienes». La necesaria salvaguarda de las garantías constitucionales ha de ser compatible con la diligencia con que la judicatura y los cuerpos policiales deben proceder a la hora de prevenir los actos terroristas.Pero el auto hecho público ayer refleja también una característica que no puede pasar desapercibida en cuanto al arraigo y comportamiento de las tramas del terrorismo islamista. El hecho de que las labores de proselitismo y reclutamiento por parte de los encarcelados se hubieran desarrollado en torno a las actividades de una mezquita y, sobre todo, el hecho de que hubiesen podido condicionar desde su radicalidad el funcionamiento de ésta, deshaciéndose del papel desempeñado por un imán al considerarlo excesivamente moderado, indica hasta qué punto la erradicación del fundamentalismo terrorista depende de su depuración en el seno de la comunidad de creyentes en la que trata de enraizar.

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