viernes 8 de diciembre de 2006
Vigencia de la Constitución
Ernesto Ladrón de Guevara
A VISO que este artículo no va a ser políticamente correcto ni va a buscar la complacencia de los tiralevitas de turno. Cumplimos 28 años de la Constitución de 1978. Una Constitución que tiene sus luces y sus sombras pero que ha sido a todas luces y de forma global muy positiva para los españoles, al menos por posibilitar un marco de convivencia sólo alterado por quienes no se sujetan a las leyes y hacen del posibilismo la regla rectora de la acción política. Hay cuestiones que son legítimamente exigibles desde una óptica democrática. Por ejemplo el juramento de cumplir y hacer cumplir la Constitución por parte de políticos y funcionarios públicos cualquiera que sea su ámbito, y la sanción proporcional a su incumplimiento. Un país civilizado y en progreso no puede hacer tabla rasa de este principio democrático, pues todo aquel que recibe emolumentos provenientes de los tributos recogidos a los ciudadanos está obligado a someterse a la voluntad soberana de los mismos, y, en consecuencia, a asegurar la estricta aplicación de la principal ley que es la Carta Magna, principio del que dimana el cuerpo jurídico. El no jurar o prometer el cumplimiento constitucional es tanto como hacer impune el ejercicio del servicio público permitiendo la desviación sediciosa de los principios constitucionales. Paradójicamente durante 25 años se ha permitido que representantes de los ciudadanos, funcionarios y servidores públicos de todo pelo no sólo hayan hecho cortes de mangas al mandamiento constitucional sino clara apología para su vulneración. Sería demasiado extenso referir toda la hemeroteca en la que se han expresado voces contrarias a la Constitución española y promoviendo el obstáculo a su cumplimiento con la impasibilidad y permisibilidad de quienes en cualquier otra latitud hubieran ejercido la legítima autoridad del Estado para el respeto a la ley raíz ordenadora de la convivencia ciudadana. No voy a ser yo el que oculte los aspectos chirriantes de una Constitución imperfecta nacida del necesario pacto entre proyectos políticos difícilmente congeniables, que posibilitó una transición ejemplar entre un régimen autoritario a otro democrático. Hay cuestiones de dicha Constitución que objetivamente no han sido buenas para España, entre las que me permito citar el Titulo VIII, que ha dado lugar al actual estado de cosas que impide la efectiva igualdad de todos los españoles para recibir las garantías de protección de los derechos y libertades establecida en el capítulo IV y que, al menos en teoría, obliga a todos los poderes públicos. O la eficacia práctica de la aplicación del artículo 14 que reconoce la igualdad de todos los españoles ante la ley. O la realidad efectiva de la soberanía nacional de los españoles. O, siguiendo sólo con un ejemplo más: el cumplimiento, sin consecuencias de discriminación o incluso de muerte, del derecho y deber a defender a España; y así un largo etc que ponen a la Constitución en situación de ser papel mojado en su eficacia práctica. Voy a referir también someramente el absurdo del reconocimiento de derechos históricos o la derogación, por ejemplo, del Decreto de 25 de octubre de 1836, en el caso vasco, que dio paso a un Estado liberal unitario superando livianamente al Antiguo Régimen; sólo para dar satisfacción a los nacionalistas. Etc. Sin embargo, pese a este apunte crítico puedo asegurar a quien me lea que daría la vida por defender nuestra Constitución pues es el único marco posible para asegurar nuestra convivencia. Otra cosa es que se suscitara su revisión, para mejorar los aspectos en los que muestra mayor grado de imperfección o los que han sido negativos para la cohesión territorial y la solidaridad entre todos los españoles. Considero necesario fortalecer esa casa común en peligro de ruina que es la Nación española en un contexto en el que las perspectivas económicas futuras pueden dar al traste con el relativo bienestar que disfrutamos hoy los españoles en virtud de una trayectoria de veintiocho años marcada por la paz y la libertad en su mayor o menor grado. Lo que no es admisible es que, sin promover una reforma constitucional, uno de los dos partidos políticos sobre los que recae la enorme responsabilidad de garantizar el futuro de nuestros hijos modifique de hecho las relaciones entre las partes que componen el Estado desbordando las posibilidades constitucionales, como ha sucedido con el actual Estatuto de Cataluña recurrido. No es admisible que se cambie la Constitución por la vía de los hechos. Lo noble, lo leal y lo justo es que se plantee dicha reforma si así se considera necesario, y que, entre tanto, se vele y asegure el estricto cumplimiento de todos y cada uno de los mandatos constitucionales, actualmente claramente cuestionados en su aplicación, y con una falta apabullante de rigor en su ejecución. Por todo ello, hoy, seis de diciembre de 2006, el ciudadano que suscribe dice: ¡Viva la Constitución! Si, pero que se cumpla.
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